En la actualidad, cerca de 215 millones de niños trabajan en el mundo,
muchos a tiempo completo. Ellos no van a la escuela y no tienen tiempo
para jugar. Muchos no reciben alimentación ni cuidados apropiados. Se
les niega la oportunidad de ser niños. Más de la mitad de estos niños
están expuestos a las peores formas de trabajo infantil como trabajo en
ambientes peligrosos, esclavitud, y otras formas de trabajo forzoso,
actividades ilícitas incluyendo el tráfico de drogas y prostitución, así
como su participación involuntaria en los conflictos armados.
Las estimaciones más recientes
sugieren que 127 millones de niños y 88 millones de niñas son víctimas
del trabajo infantil, de los cuales 74 millones de niños y 41 millones
de niñas se encuentran en sus peores formas.
Las peores formas abarcan:
- Todas las formas de esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, como la venta y la trata de niños, la servidumbre por deudas y la condición de siervo, y el trabajo forzoso u obligatorio, incluido el reclutamiento forzoso u obligatorio de niños para utilizarlos en conflictos armados.
- La utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la prostitución, la producción de pornografía o actuaciones pornográficas.
- La utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la realización de actividades ilícitas, en particular la producción y el tráfico de estupefacientes, tal como se definen en los tratados internacionales pertinentes.
- El trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños. Este tipo de trabajo debe ser determinado por las autoridades nacionales.
La legislación y normativa nacionales puede permitir el empleo de niños
de 13-15 años de edad en trabajos ligeros que no interfieran en la
asistencia del niño a la escuela, ni sean perjudiciales para su salud o
desarrollo. Los niños de 12-14 años pueden ser empleados en trabajos
ligeros en aquellos países en dónde la edad mínima de admisión al empleo
es de de 14 años.
El Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño
relativo a la participación de niños en los conflictos armados y el
Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño
relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización
de niños en la pornografía.
Sí estáis interesados en saber más sobre el tema, pinchar en el siguiente enlace.
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